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 Ultima norma para entidades de cambio ( Interezante)

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MensajeTema: Ultima norma para entidades de cambio ( Interezante)   Ultima norma para entidades de cambio ( Interezante) Icon_minitimeSáb Abr 06, 2013 2:12 am

Comunicado de Prensa

Comunicado de prensa de la Reserva Federal

Fecha de publicación: 04 de abril 2013

Para su publicación inmediata

La Reserva Federal anunció el jueves la finalización de las normas para las entidades bancarias reguladas por la Reserva Federal que se dedican a ciertos tipos de transacciones de divisas con clientes minoristas.

La norma, emitida de conformidad con la Ley Dodd-Frank de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor, establece los requisitos de información a revelar de riesgo a clientes, mantenimiento de registros, la conducta empresarial y la documentación de las transacciones de divisas al por menor. Las instituciones reguladas que participan en estas operaciones deberán notificar a la Reserva Federal y estar bien capitalizados
. También estarán obligados a recoger al por menor margen para las transacciones de divisas.

Los tipos de operaciones cubiertas por la regla de incluir las transacciones en moneda extranjera que son futuros y opciones sobre futuros, over-the-counter opciones en moneda extranjera, y las llamadas operaciones al contado de laminación. La norma cubre a las entidades reguladas por la Reserva Federal incluyendo los bancos estatales que son miembros del Sistema de Reserva Federal, banco y sociedades de ahorro y préstamos de cartera, la Ley de Edge y corporaciones acuerdo, y las ramas sin seguro médico, con licencia del estado y agencias de bancos extranjeros.

La Reserva Federal consultó a la Oficina del Contralor de la Moneda y la Corporación Federal de Seguro de Depósitos en el desarrollo del Estado. Los organismos han participado en distintas reglamentaciones según lo especificado por la ley Dodd-Frank.

La norma entrará en vigencia el 13 de mayo de 2013.

Para consultas de los medios, llame a 202-452-2955.

Archivos Adjunto (PDF)

http://translate.google.com/translate?sl=en&tl=es&js=n&prev=_t&hl=es&ie=UTF-8&eotf=1&u=http%3A%2F%2Fwww.federalreserve.gov%2Fnewsevents%2Fpress%2Fbcreg%2F20130404a.htm


2013 Banca y Política del Consumidor Reguladora

Última actualización: 04 de abril 2013


http://www.federalreserve.gov/newsevents/press/bcreg/20130404a.htm


Última edición por Puerto Rico el Mar Abr 30, 2013 11:47 pm, editado 3 veces
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MensajeTema: Departamento del Tesoro de EE.UU. apoyará a sector financiero del país    Ultima norma para entidades de cambio ( Interezante) Icon_minitimeDom Abr 07, 2013 11:45 pm

Experto: Convención sobre los "términos de referencia" concertados con el Departamento del Tesoro de EE.UU. apoyará a sector financiero del país
04/06/2013 10:40

Bagdad (noticias) .. Experto financiero, dijo Osama al-Anbari, que la aplicación de la Convención sobre los "Términos de Referencia" firmado entre el Ministerio iraquí de Finanzas y del Tesoro de EE.UU. tendrá un papel positivo en el desarrollo del sector financiero en el país, a través del uso de equipos sofisticados que se especializa en los sistemas financieros.

Anbari dijo (de la agencia de noticias): La Convención de referencia proporcionará asistencia técnica y el apoyo logístico y administrativo para el Ministerio de Finanzas para facilitar su trabajo a través del uso de sistemas más sofisticados de la que prescindir de papel de mano de obra en el ministerio, como se estipula en la Convención.

Y agregó: que el desarrollo del sector financiero es importante y necesario para el país para impulsar la economía hacia adelante, pidiendo la ejecución del hecho de que Estados Unidos es uno de los países más avanzados del mundo en todos los ámbitos, incluidos los financieros.


Explicó: que el Ministerio iraquí de Finanzas firmó los términos del acuerdo de referencia con el Departamento del Tesoro de EE.UU. a principios de este año para el desarrollo de la cooperación bilateral entre los dos países.

La Oficina tiene la intención de EE.UU. de asistencia técnica visita Irak durante los próximos días para dar seguimiento a las medidas para la aplicación del Convenio celebrado entre los dos países. / Fin / 8. D. Q /


http://translate.google.com/translate?sl=ar&tl=es&js=n&prev=_t&hl=es&ie=UTF-8&eotf=1&u=http%3A%2F%2Fwww.ikhnews.com%2Findex.php%3Fpage%3Darticle%26id%3D80422
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MensajeTema: Lea un poco y conozca sobre los requisitos y regulaciones   Ultima norma para entidades de cambio ( Interezante) Icon_minitimeMar Abr 09, 2013 1:41 am

Sección 240.3-Transacciones Prohibidas
En esta sección se prohíbe a una entidad bancaria y sus personas relacionadas, de participar
en una conducta fraudulenta en relación con las transacciones de divisas al por menor. Esta sección también
aborda los conflictos de interés potenciales mediante la prohibición de una institución bancaria que actúe como
contraparte en una transacción de divisas al por menor si la entidad bancaria o de sus ejercicios de afiliados
discreción sobre la cuenta del cliente divisas al por menor.
La propuesta de la Junta utilizado redacción algo diferente de la utilizada por la
CFTC, OCC y la FDIC. Si bien las normas de Forex al por menor de otras agencias federales de reglamentación
autoridades afirman que una contraparte divisas al por menor no puede "engañar o defraudar o intentar
engañar o defraudar "a cualquier persona, la propuesta de la Junta usó la frase" defraudar o intentar
defraudar. "El individuo comentarista recomendó el uso de" engañar o defraudar "en lugar de
"Defraudar", que él cree que promovería la coherencia de la regulación a través de los reguladores.
La Junta observa que la frase "engañar o defraudar" se utiliza en el artículo 6b de la CEA
("Contratos diseñados para defraudar o engañar")

26
y modifica su propuesta de utilizar el
mismo idioma que el CEA y otros reguladores.
Además, la propuesta de la Junta prohibiría a una institución bancaria de
"A sabiendas" presentar una denuncia falsa o engañar a una persona, mientras que los otros reguladores
prohibir a sus distribuidores de la divisa al por menor de "voluntariamente" participar en estas actividades. La Junta
expresó su convencimiento de que "a sabiendas" establece un estándar más apropiado de la prueba. La
comentarista individuo prefiere el lenguaje utilizado por otros reguladores, en parte para mejorar
coherencia reglamentaria.
El Departamento de Manual (DOJ) Justicia Abogados de Estados Unidos discute la
diferencia entre "a sabiendas" y "voluntariamente" con respecto a 18 USC 1001, el
código penal federal general de lucha contra el fraude disposición
.
27
Esta discusión es consistente con
un caso del Tribunal Supremo en relación con otra disposición del código penal.
28
Tanto el Departamento de Justicia
y la Corte indican que un acto "voluntario" violación requiere prueba de que el acusado actuó
26
7 USC § 6b
27
Manual de Abogados de los Estados Unidos ", Capítulo 9.
28
Bryan contra los Estados Unidos, 524 EE.UU. 184 (1998).
________________________________________
Page 8

8
con conocimiento de que su conducta era ilegal, mientras que un "saber" violación
requiere el conocimiento de los hechos constitutivos de la infracción, a diferencia de conocimientos
de la ley. La Junta cree que "a sabiendas" marca la pauta más apropiada, ya que
cubrirá hacer un reporte falso o engañoso comportamiento sin requiera prueba de que el
institución bancaria sabía que estaba violando el Reglamento NN.
Sección 240.4-Notificación
Esta sección requiere que una entidad bancaria a notificar a la Junta antes de iniciar
un mercado de divisas al por menor. Este aviso incluye información sobre las medidas de diligencia debida
(Incluidas las evaluaciones de crédito, la idoneidad del cliente y "conozca a su cliente"
documentación), la aprobación de nuevos productos; cortes de pelo para el margen no en efectivo y los conflictos de
interés. Además, la institución bancaria deberá certificar que tiene escrita adecuada
políticas, procedimientos y sistemas de medición de riesgo y la gestión y los controles a
participar en un negocio de divisas al por menor de una manera segura y sonido y de conformidad con la
requisitos de la norma de la Junta de divisas al por menor. Una vez que una institución bancaria haya notificado a la
Junta con arreglo a esta disposición, la Junta dispondrá de sesenta días para llegar a más
información u objeto de la notificación por escrito, o la notificación se entenderá
efectiva. Si la Junta pide información adicional, la notificación se hará efectiva
sesenta días después de toda la información requerida sea recibida por la Junta, salvo que el Consejo
objetos por escrito.
Aunque los requisitos legales con respecto a los contratos de futuros y opciones
están actualmente en vigor, algunas instituciones bancarias actualmente pueden participar en divisas al por menor
transacciones que se refiere la presente regla, como los llamados "contratos Zelener".
Las instituciones bancarias participan en las transacciones de divisas al por menor a partir de la fecha de vigencia de esta
regla que notificar de inmediato a la Junta dispondrá de seis meses o un plazo mayor previsto por
la Junta, para que sus operaciones en conformidad con la regla. Bajo esta regla, un
institución bancaria que notifica a la Junta dentro de los 30 días siguientes a la fecha de vigencia de la final
regla de divisas al por menor, sin perjuicio de una prórroga por el Consejo, y presente la información
solicitado por el Consejo a partir de entonces se considerará que la operación de su negocio de Forex al por menor
en virtud de una norma o reglamento de una agencia reguladora federal, según lo dispuesto en el
Commodity Exchange Act, para dicho período.


29
Una institución bancaria no tiene que unirse a un futuro de autorregulación como
condiciones de llevar a cabo un negocio de divisas al por menor.
La Junta no ha recibido observaciones a esta sección y adopta la forma propuesta.
Sección 240.5-Aplicación y cierre Fuera de compensar las posiciones largas y cortas
Esta sección requiere que una entidad bancaria para cerrar la compensación a largo y corto
posiciones en la misma moneda en una cuenta de la divisa al por menor. Sin embargo, una banca
29
7 USC 2 (c) (2) (E) (ii) (I).
________________________________________
Página 9

9
entidad podrá compensar las transacciones minoristas de divisas por parte del cliente divisas al por menor o la
agente del cliente (que no sea la propia entidad bancaria), en virtud de un cliente
instrucciones específicas. Instrucciones manta no son suficientes para este fin, ya que
podría obviar la regla general. Sin embargo, las instrucciones de desplazamiento no tiene por qué darse por separado
para cada par de órdenes con el fin de ser "específica". instrucciones que se aplican a suficientemente
conjuntos definidos de las transacciones podría ser lo suficientemente específica. Instrucciones de desplazamiento puede ser
comunicarse por escrito u oralmente. La institución bancaria deberá crear y mantener un registro
de cada instrucción de desplazamiento.
La Junta no ha recibido observaciones a esta sección y adopta la forma propuesta.
Sección 240.6 de Confidencialidad
Esta sección requiere que una entidad bancaria para ofrecer a los clientes minoristas de Forex con una
riesgo declaración informativa similar a la requerida por la regla de divisas al por menor de la CFTC, pero
diseñados para tratar ciertas características únicas de divisas al por menor en establecimientos bancarios.
La declaración de riesgo divulgación prescrito describe los riesgos asociados con divisas al por menor
transacciones. La declaración de revelación deja claro que una institución bancaria que desee
hacer uso del derecho de compensación para recoger margen a favor o cubrir las pérdidas derivadas de divisas al por menor
las transacciones deben incluir este derecho en la declaración de divulgación de riesgos y obtener por separado
reconocimiento por escrito (véase el análisis de la compensación a continuación en la sección 240.9).
Las reglas finales de la CFTC, OCC, y la FDIC obliga a los concesionarios minoristas de divisas para
revelar a los clientes al por menor el porcentaje de cuentas de divisas al por menor que obtuvo un beneficio,
y el porcentaje de dichas cuentas que experimentaron una pérdida, durante cada uno de los más
los últimos cuatro trimestres.


30
El comentarista sugirió que este individuo "rentable
relación de cuentas "puede ser manipulada, aunque no describió cómo podría ser
adopción hecho, y recomienda una metodología de cálculo objetiva y uniforme
para la relación. El comentarista también recomendó que el cálculo debe ser ponderada
por el importe de la ganancia o pérdida para mostrar la cantidad de la rentabilidad o pérdida, en lugar de sólo
si ninguna cuenta hizo ningún beneficio. La Junta cree que un cálculo de la cantidad de
rentabilidad sería más probable que cause clientes minoristas a creer que el pasado
rendimiento es un indicador de resultados futuros y conservando la proporción cuentas rentables
y la declaración de operaciones rentables en la forma propuesta. Además, el Consejo cree un uniforme
cálculo de las cuentas rentables y declaración de operaciones rentables para todos divisas al por menor
distribuidores ofrece una mayor protección de los consumidores al por menor, al permitir la comparación entre
diferentes tipos de distribuidores. Por último, la Junta toma nota de que el artículo 240.7 (b) proporciona una
metodología de cálculo de la relación de cuentas rentable que es uniforme a través del banco
agencias reguladoras.
31
Según la propuesta, la declaración de riesgos debe incluirse como un documento separado. La
Junta pidió comentarios sobre si las instituciones bancarias deben poder combinar
el menor de la divisa declaración de riesgos con otras revelaciones que las instituciones bancarias para hacer
30
17 CFR 5,5 (e) (1), 12 CFR 48,6 (e) (1), y 12 CFR 349.6 (e) (1).
31
Ver, 12 CFR 48,7 (b) y 12 CFR 349.7 (b).
________________________________________
Page 10

10
sus clientes. El comentarista individuo apoyó la propuesta de la Junta, que es
en consonancia con las normas definitivas adoptadas por los organismos de regulación bancaria demás.
El comentarista individuo pidió que se aclarara si el requisito en
sección 240.6 (f) que la entidad bancaria revelar "cualquier tasa, cargo o comisión"
impuesto sobre el cliente para transacciones de divisas al por menor incluye spreads. Las reglas finales
adoptada por la OCC y la FDIC ambos requieren la divulgación de "cualquier tasa, cargo, extensión, o
comisión "y el comentarista individuo recomendó que el Consejo agregar la palabra
"Extender" a sus reglas. La Junta cree que los diferenciales están cubiertos por la propuesta
idioma, pero es la adición de la palabra "spreads" a esta sección para hacer dicha cobertura explícita.
El comentarista individuo también pide confirmación de que la divulgación de "cualquier
tasa, cargo o comisión "incluye ingresos por intereses en la cuenta de divisas al por menor o al por menor
forex transacción. La tasa de intereses pagados en el margen efectivo no es una tasa, cargo,
spread, o comisión, por lo que no se requiere revelar en virtud del artículo 240.6.
Sección 240.7-Mantenimiento de Registros
En este apartado se especifica que los documentos y registros de una entidad bancaria comprometida
en las transacciones de divisas al por menor deberá conservar para su examen por la Junta. Bancario
instituciones están obligadas a mantener registros de cuentas de Forex al por menor, registros financieros,
transacciones, registros diarios, entradas de pedidos, y los registros que muestran las asignaciones y
margen no en efectivo, así como los registros relativos a posibles violaciónes de la ley. Esta sección también
prescribe estándares de documentos de mantenimiento, incluyendo la forma y la longitud de
mantenimiento. Por último, esta sección requiere que las instituciones bancarias para registrar y mantener
las transacciones y ponerlos a disposición de los clientes.
El comentarista individuo sugirió que los registros requeridos bajo esta sección será
retenida por el distribuidor menor de la divisa para siempre, en lugar del mínimo período de cinco años
especifica en la sección 240.7 (h). La Junta considera que no es conveniente exigir
registros se mantendrán por tiempo indefinido y señala que el período de cinco años es consistente con
requisitos de retención para muchos supervisión y regulación de los registros requeridos por el
Junta.


Esta sección está siendo adoptada en la forma propuesta.
Sección 240.8 Requisitos de Capital-
La regla de la Junta de divisas al por menor no cambia el Reglamento del Consejo en cuanto a
capital. Esta sección generalmente requiere que una entidad bancaria que ofrezca o entra en
transacciones al por menor de Forex debe estar "bien capitalizado", según se define en la Junta de
Reglamentos H, Y y LL
32
o la institución bancaria debe obtener una exención de la
Junta. Un seguro médico con licencia del estado rama de EE.UU. o agencia de un banco extranjero deberá solicitar
las reglas de capital que se hacen que le sea aplicable en virtud del artículo 225.2 (r) (3) de la
32
12 CFR 208,43, 12 CFR 225.2 (r), y 12 CFR 238.2 (s).
________________________________________
Page 11

11
Consejo Y. Reglamento
33
Una corporación o sociedad Edge acuerdo debe cumplir
con los lineamientos de adecuación de capital que se hacen aplicables a una corporación Edge
dedicadas a la banca en virtud del artículo 211.12 (c) (2) del Reglamento de la Junta K.
34
Además, una entidad bancaria debe continuar a mantener capital contra divisas al por menor
operaciones conforme a lo dispuesto en el Reglamento del Consejo.
La Junta no ha recibido observaciones a esta sección y adopta la forma propuesta.
Sección 240.9 Requisitos de Margen-
El párrafo (a) requiere que una entidad bancaria que participa en divisas al por menor
transacciones, antes de cualquier transacción de este tipo, a cobrar del cliente divisas al por menor
margen igual a por lo menos el dos por ciento del valor nominal de la transacción de divisas al por menor si
la transacción está en un par de divisas importante, y por lo menos el cinco por ciento del valor teórico
de la transacción de divisas al por menor de otra manera. Estos requisitos de margen son idénticos a los
requisitos impuestos por las normas de Forex al por menor de la CFTC, OCC, y la FDIC. Una de las principales
par de divisas es un par de divisas con dos monedas. Las principales monedas
se especifica en el Reglamento son el dólar de EE.UU. (USD) Dólar canadiense (CAD), Euro
(EUR), Reino Unido esterlina (GBP), Yen japonés (JPY), el franco suizo (CHF), Nueva
Dólar neozelandés (NZD) Dólar australiano (AUD), coronas suecas (SEK), coronas danesas
(DKK) y Corona noruega (NOK),
35
así como cualquier otra moneda determinada por
la Junta Directiva.
Antes de la implementación de la regla de la CFTC, no bancarias, concesionarios rutinariamente permitidas
clientes para el comercio con margen de 1 por ciento (apalancamiento de 100:1) y, a veces con tan poco
0,25 por ciento como margen (apalancamiento de 400:1). Cuando la CFTC propuso su regla divisas al por menor
en enero de 2010, propuso un requisito de margen de 10 por ciento (apalancamiento de 10:1). En
respuesta a los comentarios, la CFTC reduce el margen requerido en la regla final para 2
por ciento (apalancamiento de 50:1) de intercambios de monedas principales y cinco por ciento (apalancamiento
de 20:1) para las operaciones que implican no principales monedas. Estos requisitos de margen fueron también
adoptada por la OCC y la FDIC. La Junta no ha recibido observaciones con respecto a la
nivel apropiado de margen y está adoptando las mismas exigencias que la CFTC y de otro tipo
agencias de regulación bancaria.


http://translate.google.com/translate?sl=en&tl=es&js=n&prev=_t&hl=es&ie=UTF-8&eotf=1&u=http%3A%2F%2Fwww.federalreserve.gov%2Fnewsevents%2Fpress%2Fbcreg%2Fbcreg20120404a1.pdf
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